Cómo matricular un VMP según la DGT: requisitos, registro y trámites

Última actualización: 24/11/2025
Autor: Isaac
  • Un VMP no necesita matrícula si cumple 6–25 km/h y no supera 1.000 W; si excede esos límites, se considera vehículo a motor y debe matricularse.
  • Los VMP nuevos requieren certificado de circulación desde 2024 y todos deberán cumplir estándares reforzados a partir de 2027.
  • La DGT prevé un registro de VMP con etiqueta identificativa y seguro obligatorio en supuestos según peso y velocidad.

Guía para matricular un VMP según la DGT

Si te mueves a diario con patinete eléctrico o estás pensando en comprar uno, es normal que te asalten dudas sobre papeles, matrículas y seguros. En los últimos años ha cambiado bastante la normativa y, para más inri, no todo lo que lleva motor y dos ruedas se trata igual. Aquí te dejo una explicación clara para que sepas cuándo un VMP debe matricularse, qué exige la DGT y qué documentación hace falta, con un toque cercano y práctico para que no te pierdas por el camino y mantengas tu patinete eléctrico en regla.

Lo primero es entender que no todos los patinetes son iguales a ojos de Tráfico. La DGT distingue entre los Vehículos de Movilidad Personal (VMP) “de verdad” y los que, por potencia o velocidad, dejan de serlo y pasan a ser vehículos a motor. Ese salto de categoría cambia por completo el panorama: puede implicar matrícula, seguro obligatorio y pasar por la ITV como si fuera un ciclomotor. Vamos por partes.

Qué es un VMP según la DGT y qué no lo es

La DGT define un VMP como un vehículo con una o más ruedas, para una sola persona, propulsado exclusivamente por motor eléctrico y cuya velocidad oscila entre 6 y 25 km/h. Es la referencia del Reglamento General de Vehículos, que es el que marca el terreno de juego para patinetes, segways o hoverboards.

La norma permite que un VMP lleve asiento o sillín únicamente si incorpora un sistema de autoequilibrado (un control que mantiene el equilibrio por sí mismo). Esto deja fuera a los juguetes, a los vehículos de categoría L del Reglamento 168/2013 de la UE, a los vehículos para personas con movilidad reducida y, de forma general, a las EPAC (bicicletas de pedaleo asistido), que la DGT no considera VMP como tal. En la práctica, el VMP “tipo” es el patinete eléctrico urbano que circula por calzada a baja velocidad.

Desde el 22 de enero de 2024, todo VMP que se comercialice nuevo debe cumplir un certificado de circulación y llevar una placa identificativa visible en el propio vehículo. Los modelos vendidos antes de esa fecha tienen margen hasta el 22 de enero de 2027 para adaptarse; si no consiguen el certificado, a partir de entonces no podrán circular legalmente.

Cuándo hay que matricular un patinete eléctrico

Mientras el patinete se mantenga dentro de los límites de VMP (6-25 km/h, motor eléctrico y, en su caso, sillín solo con autoequilibrio), no hace falta matrícula. En cambio, si el vehículo supera cualquiera de estos umbrales técnicos, deja de ser VMP y pasa a considerarse vehículo a motor, con lo que sí debe matricularse y llevar seguro obligatorio:

  • Potencia nominal superior a 1.000 W.
  • Velocidad máxima superior a 25 km/h.
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Ese cambio de categoría implica cumplir con requisitos de ciclomotor o similares: ITV, permiso de circulación, tasas e impuestos. Si estás pensando en “deslimitar” el patinete o montar un motor más potente, ten muy presente que esa modificación te saca de la categoría VMP y te exigirá matricular, asegurar y pasar inspecciones.

Cómo matricular un patinete que ya no es VMP

El trámite es muy parecido al de un ciclomotor y combina ITV, tasas y registro en Tráfico. Antes de empezar, confirma con el fabricante o un laboratorio autorizado qué documentación técnica puede obtenerse para tu modelo, porque sin base técnica la ITV favorable no saldrá.

Documentación que te pedirán

  • DNI o NIE del titular.
  • Tarjeta de ITV (deberás obtenerla previamente superando la inspección técnica en una estación ITV).
  • Permiso de circulación (se expide tras el alta en Tráfico).
  • Justificante del impuesto de circulación municipal.
  • Justificante del impuesto de matriculación (en torno a 28 €).
  • Impreso oficial de solicitud de matriculación.

Para la ITV, la estación verificará que el vehículo puede circular con seguridad. Es habitual que pidan el certificado de homologación de tu modelo o una ficha técnica emitida por un organismo/laboratorio autorizado. La tasa de la ITV varía por comunidad autónoma, así que conviene consultarla antes de ir para llevar el importe listo.

Dónde presentar la solicitud

Con todo en regla, puedes presentar la documentación en una Jefatura u Oficina de Tráfico con cita previa o hacer el trámite online en la sede electrónica de la DGT si dispones de certificado digital, DNIe o Cl@ve. Tras matricular, te facilitarán los documentos con los que podrás acudir a un centro autorizado para obtener las placas de matrícula.

Si necesitas circular mientras tramitas la matriculación, no puedes hacerlo sin documentación ni placas. En su lugar, es posible solicitar placas temporales verdes para usos muy concretos hasta obtener la matrícula definitiva, del mismo modo que sucede con otros vehículos a motor.

Registro estatal de VMP, etiqueta identificativa y seguro

La DGT ha anunciado un registro público específico para VMP pensado para simplificar el control de estos vehículos. Cuando se active, el proceso será telemático desde la sede electrónica y exigirá identificarse con certificado digital, DNIe o Cl@ve. La previsión es que los usuarios dispongan de al menos tres semanas para inscribir su VMP cuando se publique el registro.

El trámite consistirá en inscribir el vehículo, obtener el certificado de circulación y portar una etiqueta identificativa en el propio VMP, a modo de matrícula para su fácil control por parte de las autoridades. Esa etiqueta permitirá confirmar al vuelo si el vehículo está registrado y si cuenta con seguro de responsabilidad civil.

La nueva regulación también perfila quién debe registrarse en función del peso y la velocidad: los VMP de menos de 25 kg que alcanzan 25 km/h deberán inscribirse y contar con póliza; los que superen 25 kg estarán obligados si pueden llegar a 14 km/h. Además, a partir del 26 de enero de 2026 se prevé la exigencia general de seguro de responsabilidad civil para circular en los supuestos indicados.

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Las sanciones por circular sin cumplir estas obligaciones pueden alcanzar los 1.000 € (alrededor de un tercio de las previstas para vehículos a motor), y las pólizas deben cubrir, como mínimo, 6.450.000 € por siniestro en daños personales y 1.300.000 € en daños materiales, según las cuantías habituales de responsabilidad civil en este ámbito.

Cómo se certifica un VMP: lo que hace el fabricante

Detrás de tu patinete hay un proceso técnico que corre a cargo de la marca. Para poder vender un VMP certificado, el fabricante debe darse de alta en el Registro de marcas y fabricantes de VMP de la DGT y trabajar con un laboratorio autorizado que asignará el número de certificación.

Para esa certificación, la marca debe presentar, entre otros documentos, dos prototipos, la ficha reducida de características (Apéndice 5 del Manual de características VMP), la declaración responsable anti-manipulación (Apéndice 4) y la declaración de cumplimiento de requisitos y ensayos (Apéndices 2 o 3, según proceda), junto con el manual del usuario.

Si el fabricante aporta que su VMP ya ha sido homologado de forma satisfactoria en otro país de la UE y existe un acuerdo de reconocimiento recíproco, el laboratorio podrá emitir el número de certificación sin ensayos adicionales. Aun así, el laboratorio mantiene la potestad para realizar las comprobaciones necesarias.

Como mínimo, los laboratorios deben ejecutar ensayos de velocidad máxima, frenado, comportamiento dinámico, requisitos eléctricos (apartados A y B), apagado eléctrico y cierre combinado (apartado B). Tras ello, emitirán un informe técnico y un certificado con resultado positivo o negativo, con un código del tipo LXXXX (L identifica al laboratorio y XXXX es un número correlativo).

Normas de circulación y por dónde pueden ir los VMP

Cada ayuntamiento puede regular, mediante ordenanza, por dónde pueden circular los VMP. Si no hay ordenanza, se permite la circulación por calzadas urbanas. En cualquier caso, hay mínimos comunes de obligado cumplimiento que conviene tener muy presentes.

  • Prohibido circular por aceras y zonas peatonales.
  • Prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías y túneles urbanos.
  • Mismas tasas de alcohol que para el resto de conductores y cero tolerancia con drogas.
  • Prohibido usar auriculares o manipular el móvil mientras conduces.
  • Obligación de casco en los términos que se determinen reglamentariamente.

La velocidad de los VMP debe estar entre 6 y 25 km/h. Las estadísticas recuerdan que la seguridad importa: en 2020 se registraron 8 fallecidos que viajaban en VMP (7 en vías urbanas y 1 en interurbanas, donde su uso está prohibido). Aunque no siempre sea obligatorio, contar con un seguro de responsabilidad civil es más que recomendable.

Si te abruma el papeleo, recuerda que algunos clubes automovilistas y aseguradoras ofrecen servicios de gestión y asesoría para trámites y multas. No te librarán de cumplir la norma, pero sí pueden ahorrarte tiempo y quebraderos de cabeza si no quieres lidiar con cada paso tú solo.

Requisitos técnicos que llegarán en 2027

A partir del 22 de enero de 2027, solo podrán circular VMP que cumplan con estándares de seguridad específicos. La intención es garantizar calidad, durabilidad y seguridad mínima en todos los modelos que circulan por la calle.

  • Velocidad máxima limitada a 25 km/h.
  • Sistemas antimanipulación para velocidad y potencia.
  • Indicadores de velocidad y de nivel de carga.
  • Dos frenos independientes con desaceleración mínima de 3,5 m/s².
  • Freno de estacionamiento en vehículos de más de dos ruedas.
  • Catadióptricos: frontal blanco; laterales blanco o amarillo auto; trasero rojo.
  • Luz de freno diferenciada o combinada con la luz trasera.
  • Avisador acústico y pata de cabra lateral o caballete central.
  • Ruedas rugosas con diámetro mínimo de 203,2 mm.
  • Plegado seguro con doble sistema que evite aperturas accidentales.
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Si tu VMP no cumple estos requisitos cuando llegue la fecha, no podrás obtener el certificado ni contratar un seguro válido, y por tanto no podrás circular. Toca revisar el modelo que tienes y decidir si conviene adaptarlo (cuando sea posible) o plantearse comprar uno que ya venga certificado por la DGT.

Consejos de compra y certificación del VMP

Si vas a estrenar patinete, busca explícitamente que venga con certificado de circulación y placa identificativa del fabricante. Cada vez más marcas destacan esa conformidad en su ficha de producto, y en tiendas online verás menciones del tipo “certificado por la DGT”. Evita tentaciones de chollos sin certificación, porque pueden quedarse obsoletos en cuanto entre en vigor la obligación.

Si ya tienes patinete, consulta con el fabricante si tu modelo puede certificarse o si ofrece kits de actualización. De no ser posible, será mejor valorar un sustituto que cumpla con los requisitos de 2027. En épocas de rebajas suelen aparecer ofertas interesantes, pero no sacrifiques la homologación por ahorrar unos euros.

Por último, un apunte práctico: la DGT trabaja para que el registro telemático de VMP sea sencillo. Cuando se publique, previsiblemente podrás tramitarlo online con certificado digital, y deberás llevar en el vehículo la etiqueta con el número de inscripción asignado para identificarte ante las autoridades de forma rápida y clara.

A día de hoy, lo esencial es distinguir si tu patinete encaja en la definición de VMP (6-25 km/h, motor eléctrico, sin asiento salvo autoequilibrio) o si se pasa de frenada en potencia o velocidad. En el primer caso, no hay matrícula, pero sí certificado de circulación y respeto a las normas municipales; en el segundo, toca matricular, asegurar y pasar por la ITV como cualquier vehículo a motor. Y de cara a 2027, solo circularán VMP que cumplan los nuevos estándares de seguridad y señalización, así que compensa revisar especificaciones, buscar modelos ya certificados y, si dudas, pedir al fabricante la documentación técnica necesaria para moverte por la ciudad con tranquilidad y todo en regla.